Por aprobar Programa de Cumplimiento de Minera La Florida
El Segundo Tribunal Ambiental de Santiago, rechazó por dos votos contra uno, la reclamación interpuesta por Juan Gilberto Pastene Solís en contra de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), asociada a la aprobación del Programa de Cumplimiento Ambiental de Minera Florida, ubicada en la comuna de Alhué.
El programa de cumplimiento de Minera Florida había sido cuestionado con anterioridad ante el Tribunal Ambiental de Santiago por el mismo vecino de Alhué (causa rol R-104-2016). En esa oportunidad, el 24 de febrero de 2017 el Tribunal dictó sentencia acogiendo la reclamación contra la mencionada Superintendencia, fundamentalmente porque los efectos de las infracciones no fueron debidamente abordados. Esta resolución fue posteriormente confirmada por la Corte Suprema al rechazar los recursos de casación interpuestos contra el fallo ambiental.
Tras el cierre del proceso judicial, la Superintendencia -dando cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal Ambiental- solicitó a Minera Florida la presentación de un nuevo programa de cumplimiento que se hiciera cargo de los defectos del primero. El que fue aprobado por la Superintendencia del Medio Ambiente en diciembre de 2017 y que es motivo de la reclamación que por medio de esta sentencia resuelve el Tribunal.
ALEGACIONES
Respecto de argumentos de la parte reclamante, relativos a cada uno de los cargos formulados por la Superintendencia de Medio Ambiente y que sirvieron de base para la elaboración del Programa de Cumplimiento de Minera Florida, el Tribunal estimó que, en todos los casos, los efectos fueron debidamente abordados.
Para llevar a cabo el análisis de las alegaciones, el Tribunal las agrupó según la naturaleza de la obligación a las que se vinculó cada infracción, esto es: obligaciones de reforestación; obligaciones de infraestructura; obligaciones en materia de planes de compensación de emisiones y obligaciones de monitoreo.
En cada caso, el Tribunal analizó si en la aprobación del nuevo programa de cumplimiento de Minera Florida, se cumplió con una adecuada descripción de los hechos, actos u omisiones en que se incurrió, así como de sus efectos -cumpliendo de paso con la anterior sentencia dictada por el Tribunal-, y revisó si las acciones y metas propuestas satisfacen los criterios de integridad, eficacia y verificabilidad, exigidos en el artículo 9 del D.S. No 30/2012.
El Tribunal estuvo integrado por los ministros Alejandro Ruiz, Felipe Sabando y Juan Cristóbal Mera. La sentencia fue redactada por el ministro Ruiz, mientras que la disidencia y prevenciones por el ministro Sabando, quien concurrió a la decisión de mayoría, presentando prevenciones asociadas a los criterios para aprobar un programa de cumplimiento, a las obligaciones de infraestructura y a las obligaciones de monitoreo; pero estuvo por acoger parcialmente la reclamación, en los demás aspectos reclamados.
El procedimiento sancionatorio contra Minera Florida se inició cuando la Superintedencia de Medio Ambiente le formuló cargos por 14 infracciones asociadas principalmente al manejo de forestaciones, de calidad de aguas y de emisiones. Esto luego de diversas denuncias y fiscalizaciones.