La Comunidad Indígena Colla “Pai Ote”, anunció que la Corte de Apelaciones de Copiapó declaró admisible el recurso de protección interpuesto en contra del Ministerio del Medio Ambiente y de su Ministra, María Heloisa Rojas, por las graves irregularidades detectadas en el proceso de consulta indígena relativo a la ampliación de las áreas protegidas en el Salar de Maricunga y el Parque Nacional Nevado Tres Cruces.
La acción judicial busca frenar lo que la comunidad considera una vulneración directa al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, especialmente a sus artículos 7 y 14, que establecen que la consulta debe realizarse únicamente con los pueblos que tienen ocupación tradicional y que son susceptibles de afectación directa por las medidas administrativas o legislativas del Estado.
El recurso denuncia que, pese a las reiteradas observaciones de “Pai Ote” y de otras comunidades con arraigo legítimo en el Salar de Maricunga, la autoridad permitió la participación de organizaciones que no habitan ni ejercen prácticas culturales, productivas ni espirituales en el territorio. Para la comunidad, esta inclusión indebida “desnaturaliza la consulta indígena, invisibiliza a los verdaderos habitantes de los salares y genera una grave distorsión en las políticas públicas ambientales y culturales que se diseñan desde el Estado”.
La comunidad recalcó que el proceso de consulta indígena no puede transformarse en un simulacro. “El derecho a consulta previa, libre e informada fue concebido para garantizar la participación de quienes dependen directamente de un territorio, no para legitimar la intervención de organizaciones que son de otros territorios, o creadas artificialmente que jamás han practicado trashumancia, ni han protegido bofedales, vegas o sitios sagrados de la cordillera”, señalaron.
En ese sentido, la acción judicial argumenta que incluir a comunidades no territoriales vulnera no sólo estándares internacionales, sino también principios constitucionales básicos como la igualdad ante la ley y la protección de la identidad cultural, al poner en el mismo nivel a quienes viven y protegen efectivamente el Salar de Maricunga y a organizaciones externas que no conocen los territorios sobre los que versa una consulta indígena, que por lo mismo no pueden aportar nada real a ella, y que solo buscan crear falsas participaciones para obtener beneficios económicos en el futuro.
“Consultar a comunidades no territoriales vulnera directamente el Convenio 169, porque desconoce la ocupación tradicional y la afectación directa. Cuando se incorpora a personas que no son del territorio, se distorsionan los diagnósticos y, en consecuencia, se diseñan políticas públicas erradas e ineficaces”, afirmó Ariel León, asesor de la Comunidad “Pai Ote”.
La presidenta de la Comunidad, Ercilia Araya, expresó que esta acción no busca excluir voces, sino proteger la esencia de la consulta indígena: “Las decisiones que afectan directamente a nuestro territorio ancestral deben tomarse con quienes realmente lo habitan, lo recorren, lo cuidan y mantienen viva su cultura. De lo contrario, se corre el riesgo de legitimar una política pública basada en diagnósticos equivocados, que no responden a la realidad del desierto y la cordillera, y que finalmente pueden destruir el ecosistema y nuestra forma de vida”.