El Segundo Tribunal Ambiental de Santiago dio a conocer el lunes 23 de Marzo su fallo en el que confirma que Pascua-Lama no ha dañado los cuerpos de hielo en su área de influencia.
“El cuidado y protección de los cuerpos de hielo en nuestra área de influencia es parte esencial del trabajo que realizamos día a día en Pascua-Lama. Para ello, contamos con un plan de monitoreo que es único en Chile y uno de los más estrictos del mundo. Está a cargo de científicos expertos de primer nivel en glaciología, quienes llevan adelante sus investigaciones de manera independiente. Estamos satisfechos con el fallo que confirmó lo que la evidencia científica y técnica demuestra, y que es que estos cuerpos de hielo no han sido impactados por las actividades del proyecto Pascua-Lama”, dijo Eduardo Flores, Director Ejecutivo de Barrick Chile al conocerse la decisión.
“El robusto plan de Pascua-Lama cuenta con numerosas actividades de monitoreo, cuyos resultados se entregan a la autoridad regulatoria”, dice el comunicado de la compañía; comprometiéndose a seguir trabajando con las comunidades y autoridades en el cumplimiento de sus obligaciones sectoriales, regulatorias y administrativas, de manera tal de que Pascua-Lama avance en armonía con el medioambiente.
La demanda se originó por pequeños agricultores, ganaderos de la comuna Alto del Carmen y alrededores y el Observatorio Latinoamericano de Conflictos Ambientales alegando una supuesta afectación o menoscabo significativo solo respecto de los glaciares Toro 1, Toro 2 y Esperanza y, por extensión, a la cuenca del río El Toro que es hacia donde escurren las aguas de dichos glaciares, contra Compañía Minera Nevada Spa. Por su proyecto binacional Pascua-Lama.
El Tribunal determinó que existe una multiplicidad de antecedentes probatorios concordantes entre sí que, apreciados conforme a las reglas de la sana crítica permiten dar por acreditado que no se ha alterado la tendencia histórica de pérdida de masa de los cuerpos de hielo del área de influencia del Proyecto.
El Tribunal expresa que la demanda está referida a los glaciaretes Toro 1, Toro 2 y Esperanza, a la cuenca del río El Toro y al denominado ambiente periglaciar circundante o adyacente, y no alcanza por lo tanto a los demás glaciares, ni ambientes periglaciares que se encuentren en el área de influencia del proyecto.
Para llegar a concluir que no existe el daño denunciado, se hizo un exhaustivo análisis donde el tribunal debió considerar en su investigación pruebas entregadas por las partes en litigio. Se informó que se aplicó una metodología recomendada nacional e internacionalmente, la que en definitiva verificó las emisiones y depósito de material particulado en los glaciaretes. El polvo acumulado podría haber ensuciado su superficie, gatillando su derretimiento, y por tanto, una reducción en su masa y tamaño; el balance de masa, y la cantidad y calidad del recurso hídrico, entre otros factores.
El Tribunal concluyó que habiéndose detectado la ocurrencia de algunos episodios de emisiones atmosféricas de material particulado sedimentable, atribuibles a las actividades del proyecto, a la vez que una mayor depositación de polvo sobre algunos de los glaciares y glaciaretes, verificándose una mayor cantidad de polvo medido en sus superficies, en relación a lo ocurrido históricamente, dicho impacto no es la causa de la disminución de la masa de estos cuerpos de hielo ni de la reducción en la disponibilidad de recursos hídricos alegados por la demandante; así como tampoco del empeoramiento observado en la calidad de dichos recursos, ya que ninguna de estas variables habría visto alterada su evolución en relación a su tendencia histórica tanto de largo como de corto plazo: “Los balances de masa de los glaciaretes Toro 1, Toro 2 y Esperanza, – dice el Tribunal- han seguido la misma evolución que el glaciarete de referencia Ortigas 2, y que la cantidad y calidad del agua de la correspondiente cuenca, se ha comportado de manera similar a la cuenca de comparación, que se encuentra fuera del área de influencia del proyecto, lo que confirma que el comportamiento de estos recursos, en general, no ha sido afectado significativamente por la presencia del proyecto Pascua Lama”.


