TRIBUNAL AMBIENTAL DE SANTIAGO VOLVIÓ A FALLAR CONTRA MINERA CERRO COLORADO

El Tribunal Ambiental de Santiago falló nuevamente en contra de la empresa minera angloaustraliana Bhp Billiton, propietaria en la Región de Tarapacá, del yacimiento Cerro Colorado, luego que ésta presentará un recurso para continuar operando mientras se resolvía la sentencia de primera instancia.

En febrero de 2019, el tribunal ordenó anular de forma parcial la Resolución de Calificación Ambiental a la empresa para su proyecto Continuidad Operacional, suspender sus operaciones y a realizar nuevos estudios ambientales.

Todo se genera cuando la Asociación Indígena Agrícola San Isidro de Quipisca y Luis Jara, propietario de la estancia Cancosa, sector donde opera la minera, presentaran un recurso de reclamación contra de la decisión del Comité de Ministros, el que había confirmado la Resolución de Calificación Ambiental del proyecto de expansión de la vida útil de Cerro Colorado hasta el año 2023.

La sentencia textualmente que “El Tribunal Ambiental de Santiago resolvió acoger parcialmente una de las reclamaciones interpuestas en contra del Comité de Ministros, asociada al proceso de evaluación ambiental que culminó con la aprobación del proyecto “Continuidad operacional Cerro Colorado”. Con esta decisión, la Resolución de Calificación Ambiental se anula en aquella parte viciada, retrotrayéndose a fase evaluación ambiental sólo respecto de dicho aspecto”.

Luego dice “Que, al respecto, este Tribunal no comparte la conclusión del Comité de Ministros al validar que las medidas y condiciones aprobadas sean ‘apropiadas para hacerse cargo del impacto en comento, puesto que, de su sola adopción, sin mediar una debida evaluación técnica, no es posible establecer en qué proporción se produciría la esperada reducción en los tiempos de recuperación del ecosistema Pampa Lagunillas, dejando un impacto residual incierto. Por ello, estos Sentenciadores entienden que la resolución reclamada, en este punto, no se encuentra suficientemente fundada, ya que las condiciones impuestas y que estaban dirigidas a reducir los tiempos de recuperación debieron ser evaluadas en sus efectos”.

Respecto de la reclamación acogida, los ministros consideraron como un antecedente ineludible, al momento de resolver la causa, el contexto previo en que se desarrolló el proyecto minero cuya continuidad fue sometida al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Detallan, en primer lugar, las circunstancias que derivaron en la aplicación de una sanción en contra de la minera, debido a los efectos de su operación en los descensos de los niveles freáticos del acuífero de Pampa Lagunillas, los que a su vez provocaron la afectación del bofedal suprayacente y en segundo término, las condiciones impuestas previamente por la autoridad ambiental de la época para recuperar ese patrimonio ambiental, las que se establecieron en la Resolución Exenta No 67/2011, de la Comisión de Evaluación Ambiental de Tarapacá.

El fallo explica que dicha situación de afectación constatada y la necesidad de lograr la recuperación de los niveles freáticos del acuífero, constituyen elementos esenciales en una adecuada evaluación ambiental de cualquier proyecto que pretenda afectar de algún modo los recursos naturales en una zona de recuperación ambiental, como sucede en este caso.

FALLO FAVORABLE

Lorenzo Soto, Representante Legal de la Asociación Indígena Agrícola San Isidro de Quipisca, aclaró que el fallo es favorable, pero añadió que no se puede continuar permitiendo que faenas como las de Cerro Colorado sigan operando a raíz del grave daño al ecosistema.

Desde Bhp sigue operando el yacimiento, de acuerdo a la norma Resolución de Calificación Ambiental de 2015.

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