La Sociedad Nacional de Minería (Sonami), a través de su presidente Jorge Riesco, presentó un requerimiento ante la Contraloría General de la República para que realice una revisión y análisis de la legalidad de la venta a Codelco de las acciones que Enami posee en Compañía Minera Teck Quebrada Blanca.
En el documento se señala que la operación entre ambas empresas “fue desarrollada con escasos antecedentes públicos, ya que sus máximos ejecutivos esgrimieron siempre el carácter confidencial, secreto o reservado de las negociaciones, como de las discusiones y acuerdos de sus correspondientes directorios”.
En ese sentido, agrega que “sin duda han olvidado su carácter de empresas públicas, actuando como entidades privadas no sujetas a los deberes que tienen los demás Órganos de la Administración del Estado en materia de transparencia y divulgación de los motivos que justifican sus decisiones”.
El requerimiento señala que diversos profesionales competentes en la materia, analizando económica y patrimonialmente esta operación, “son contestes en señalar que constituye un pésimo negocio para Enami y un grave perjuicio patrimonial para la empresa; teniendo presente que el año pasado Teck inauguró su Proyecto de Expansión QB2, que costó cerca de US$8.700 millones de inversión y tiene una vida útil de 27 años, y que la misma empresa expuso en 2021 -en medio de la discusión del royalty minero- que Enami recibiría cerca de US$ 1.900 millones de dividendos por su 10%”.
Agrega que, en recientes declaraciones, tanto el Vicepresidente Ejecutivo como la propia Ministra de Minería han justificado el monto del precio acordado en la urgencia de Enami de contar con fondos, lo que manifiesta que “la administración ha renunciado a su deber de maximizar los ingresos para Enami; ha preferido un ingreso inmediato de US$ 520 millones en vez de un ingreso futuro estimado, por su mismo Vicepresidente Ejecutivo, de US$ 2.000 millones”.
“Estos números objetivos no admiten calificarse como una simple evaluación de mérito o conveniencia por parte de la administración de las empresas; son indiscutiblemente negativos y un perjuicio evidente al patrimonio de Enami”.
En su presentación, Sonami afirma que “tanto Codelco como Enami son indiscutiblemente empresas del Estado productoras de cobre y quedan, no obstante su obstinada resistencia en años pasados a reconocerlo, sujetas a la fiscalización de la Contraloría General de la República y de la Comisión Chilena del Cobre”.
“Atendido el evidente perjuicio patrimonial que se le provoca a Enami con este contrato, cobra especial relevancia lo que señalan las leyes orgánicas de ambas empresas, que incorporan la evaluación social de las inversiones que realizan. No se puede olvidar que el propósito de la empresa vendedora, Enami, tiene como eje y finalidad de sus esfuerzos a la pequeña y mediana minería chilena, actividad que impacta masivamente en las economías locales de cientos de ciudades y miles de familias. El perjuicio a su patrimonio repercutirá, necesaria y finalmente, en las comunidades y regiones donde desarrolla su actividad”, precisa Sonamien su presentación ante la Contraloría.
IMPARCIALIDAD EN DIRECTORIOS
Por otra parte, el requerimiento añade: “Según lo informado por Enami y Codelco, el contrato fue aprobado en los respectivos directorios; precisando Codelco que respecto de su directorio la decisión fue unánime, aspecto que no precisa Enami, por lo que suponemos que las opiniones en su directorio fueron divididas en este acuerdo. Sea como haya sido, resulta que, especialmente en lo que refiere al directorio de Enami, se verificaban claras inhabilidades que no fueron consideradas por algunos directores al momento de concurrir a la adopción de este acuerdo y que les obligaban a abstenerse de toda deliberación sobre esta operación y no concurrir al acuerdo correspondiente. Respecto de ellos eran evidentes las circunstancias que les restaban imparcialidad”.
Sonami sostiene que resulta evidente, aún sin realizar una revisión exhaustiva, “que hay directores y directoras que debieron inhabilitarse de participar en el acuerdo que aprobó la operación, por encontrarse afectas a circunstancias que les restaban la debida imparcialidad”.
El gremio minero agrega que, frente a todo lo anterior, “no cabe otra posibilidad que requerir a la Contraloría General de la República que, haciendo uso de la facultad concedida en el inciso final, del artículo 12°, del decreto ley N° 1.349, de 1976; que crea la Comisión Chilena del Cobre, asuma transitoriamente y en plenitud todas las facultades de fiscalización que corresponden a Cochilco, respecto de las empresas mineras del Estado, Codelco y Enami, para revisar y auditar el contrato de compraventa celebrado por estas últimas, vendiendo a Codelco las acciones que Enami posee en Compañía Minera Teck Quebrada Blanca S.A., correspondientes a la totalidad de las acciones de la Serie Preferente B de la Sociedad”.
En su presentación, el timonel de Sonami añade que “las circunstancias especiales que así lo aconsejan son el enorme perjuicio patrimonial que se le propina a una empresa del Estado como Enami, las eventuales ilegalidades que hemos expuesto y las evidentes situaciones de falta de imparcialidad en que se encuentran las autoridades y directorios intervinientes”.
En concreto, Sonami pide a la Contraloría General de la República que “asuma transitoriamente y en plenitud todas las facultades de fiscalización que corresponden a Cochilco, respecto de las empresas mineras del Estado, Codelco y Enami, para revisar y auditar el contrato de compraventa celebrado por estas últimas”.