Con su publicación en el Diario Oficial, entró en vigencia la nueva Ley N°21.853 de amparo minero. La iniciativa aplaza en el acto, hasta el 28 de Febrero de 2027, el pago anual de patentes mineras correspondientes al año 2026, suspendiendo con ello los remates sobre concesiones de exploración y explotación en todo el país.
Además, la normativa establece que la Tesorería General de la República deberá condonar recargos por mora o retraso en el pago anual de las patentes mineras de 2026, dando la posibilidad también, previa solicitud de la persona interesada, de suscribir convenios de cancelación en cuotas, periódicas, mensuales y sucesivas de hasta 12 meses.
PILARES DE LA NUEVA LEY
Uno de los pilares de la nueva Ley es el fin al cobro de una patente progresiva con tope de hasta 12 Utmpor hectárea, reemplazándolo por una tasa fija de 0,4 Utm por hectárea para las concesiones de explotación, lo cual reduce costos que afectaban especialmente a los pequeños y medianos productores mineros.
Asimismo, amplía las causales para acceder a una patente rebajada de 0,1 Utm por hectárea, respecto de las pertenencias mineras, eliminando requisitos burocráticos de parentesco y tipos societarios; e incorporando una nueva causal por exploración para que el productor no tenga que presentar los mismos documentos todos los años.


