DERECHO DE AGUAS: DEBER CONSTITUCIONAL DE AGILIZAR LOS TRÁMITES EN LA DGA

POR: SANTIAGO ACEVEDO FERRER, Acevedo Santini Abogados.- Cualquier profesional que se dedique a asesorar usuarios ante la Dirección General de Aguas (DGA) coincidirá con el suscrito que la tramitación de procedimientos y solicitudes ante dicho Servicio se ha vuelto más lenta y dificultosa.

La primera explicación que se recibe es que ha habido en los últimos dos años un aumento de solicitudes al Servicio que excede con creces las cifras del pasado. Este es un dato objetivo mensurable e inobjetable.

Con todo, cabe preguntarse: ¿por qué han aumentado tales solicitudes? Y la respuesta inmediata la encontramos en las reformas al Código de Aguas de los años 2022 y 2023. Y el personal del Servicio no ha podido hacer frente a esas alzas de solicitudes. Y se internalizó el atraso.

En concreto, se identifican dos trámites que están especialmente lentos en su tramitación: El primero, las solicitudes de catastros de derechos inscritos, tramite al que la Ley 21.435 asoció una multa por incumplir en 18 meses (plazo que fue ampliado en 2023 por la ley 21.586). El segundo, el perfeccionamiento de derechos inscritos que por su antigüedad no cuentan con todas las menciones que establece el Código de Aguas de 1981.

En lo que respecta al punto uno sobre las solicitudes de catastros, es lamentable que la urgencia que trasluce la ley haya ido aparejada por tamaño retraso en procesar esa información. El usuario que se enteró de contar con un breve plazo para ejecutar un trámite so pena de multa hoy mira con desaliento que dicha urgencia parecía ficticia puesto que no ha sido atendida aún.

Por otra parte, el segundo trámite,el procedimiento de perfeccionamiento de derechos inscritos dejó de estar encomendado a los tribunales ordinarios y pasó a ser de conocimiento de la propia Dirección General de Aguas (Art. 170 bis del Código de Aguas incorporado por la Ley 21.586 de 2023). Es tragicómico constatar que el verbo rector de la historia de dicha ley fue el de “facilitar” estos procedimientos, sacándolos de la esfera de los tribunales, evitando la contratación de asesores jurídicos y poniéndola en la competencia de la DGA. Sin embargo, lejos de facilitarse el trámite estimamos que se ha dificultado y en algunos casos vuelto imposible.

Compartir publicación

Share on whatsapp
Share on facebook
Share on twitter
Share on linkedin
Previous
Next

Noticias Relacionadas