“El Royalty a la Minería existe desde el año 2005, por lo que no es cierto lo que dicen algunos diputados, quienes insisten en que éste no existe, lo que no es cierto”, planteó el Director Ejecutivo de Aprimin, abogado, Sergio Hernández durante una reunión de socios de la Asociación Gremial de Suministradores Técnicos y de Ingeniería para la Minería e Industria (Sutmin
Hernández planteó que: “Varios diputados dicen que el Royalty no existe, lo que no es cierto. Existe desde el año 2005, lo que sucede es que adoptó la forma de determinación de impuestos a la renta y no sobre la venta, pero los fundamentos que autorizan a los Estados a cobrar royalty-que es la compensación por el deterioro de los recursos naturales del país- son los que se denominan como Royalty. Por eso, efectivamente contamos con un Royalty”.
Posteriormente, tras ser aprobada por la Cámara Baja con cargas de gravamen desproporcionadas, el Senado modificó la moción dejando una carga tributaria total de 48%, la cual es alta, “pero dentro de rangos competitivos”, explicó.
Ahora, el gobierno consideró modificaciones en el marco de la Reforma Tributaria, considerando operaciones netamente de cobre, no de otras pastas. Hernández explicó que la propuesta de Royalty no se aplica a productores con menos de 50.000 tm de cobre fino anuales. “Curiosamente, a pesar de que se deroga el Impuesto Específico a la Minería, se mantendría vigente a aquellos que no se vean afectados por el nuevo Royalty, algo difícil de interpretar y aplicar”, señaló.
La propuesta de Royalty contempla dos componentes, uno ad valorem (sobre ventas) entre 1% y 2% para productores entre 50.000 mt y 200.000 mt; mientras que se aplicará entre 1% y 7% para aquellos con más de 200.000 mt. “Esta tasa varía respecto al precio del cobre y no respecto a las utilidades”, mencionó Hernández. Después hay un segundo componente sobre la renta minera que varía entre 2% y 32% en la rentabilidad operacional con precios entre US$ 2 y US$ 5 por libra.
“Si se desea un sistema para incentivar la inversión y también compensar al Fisco en forma más justa, no se encontró –a mi juicio- mejor forma que la lógica que establece el Impuesto Específico a la Minería. Contempla tasas crecientes de acuerdo a la tasa operacional, y que, en caso de que las compañías pierdan no lo paguen y cuando hay ganancias mayores aporten más al Fisco”, especificó el líder gremial.
Hernández concluyó que, “como hay varias compañías que tienen costos por sobre los US$3 dólares la libra, estamos afectando realmente la competitividad del país al observar las tasas efectivas (…) la carga tributaria sería de 58% en total con los actuales precios de cobre, 12 puntos por sobre márgenes competitivos”.
Luego de culminar su presentación sobre Royalty, Sergio Hernández se centró en analizar la propuesta de Nueva Constitución. Tras analizar aspectos generales de la propuesta de Carta Magna, tales como plurinacionalidad, derechos sociales, derechos fundamentales y las instancias de democracia directa, se centró en revisar aquellos elementos que guardan relación con la minería.